EFOS y EDOS: la diferencia que te puede costar una auditoría
Dos siglas que aparecen juntas pero significan cosas opuestas. Entenderlas es el primer paso de una debida diligencia fiscal.
Actualizado · Reforma 2026
En el lenguaje del Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, casi todo gira en torno a dos actores: quién emite las facturas simuladas y quién las deduce.
EFOS — Empresas que Facturan Operaciones Simuladas
Un EFOS es el contribuyente que expide comprobantes fiscales por operaciones que el SAT presume inexistentes: no tiene personal, activos, infraestructura ni capacidad material para haber prestado el servicio o entregado el bien que ampara la factura. Son las coloquialmente llamadas empresas fantasma o factureras.
EDOS — Empresas que Deducen Operaciones Simuladas
Un EDOS es quien recibió esas facturas y las usó para deducir o acreditar impuestos. Aquí está el riesgo para tu empresa: aunque tú no hayas simulado nada, si tu proveedor cae en el 69-B, tus deducciones basadas en sus comprobantes pueden ser rechazadas.
- Tienes un plazo para acreditar la materialidad de las operaciones.
- Si no lo haces, las operaciones se presumen inexistentes.
- El resultado puede ser un crédito fiscal con multas y recargos.
Por qué importa más en 2026
Las reformas al CFF endurecieron las consecuencias: suspensión automática de sellos digitales (Art. 17-H Bis), verificación exprés (Art. 49-Bis) y rechazo retroactivo de deducciones. Verificar a tus proveedores dejó de ser opcional para convertirse en una obligación de debida diligencia.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué es un EFOS?
- Empresa que Factura Operaciones Simuladas: un contribuyente que emitió comprobantes fiscales sin tener la infraestructura o capacidad para prestar los servicios o entregar los bienes amparados.
- ¿Qué es un EDOS?
- Empresa que Deduce Operaciones Simuladas: quien recibió y dedujo o acreditó las facturas emitidas por un EFOS. Es el principal expuesto a un crédito fiscal si no corrige.
- ¿Cómo sé si mi proveedor es un EFOS?
- Verificando su RFC contra el listado del Artículo 69-B del SAT. Un proveedor con estatus 'definitivo' es un EFOS confirmado.